Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
octubre de 1989 en N$ 4.687,14 (nuevos pesos cuatro mil seiscientos
ochenta y siete con 14/100).