REGIMEN DE ADECUACION PRESUPUESTAL DEL PERSONAL DECLARADO EXCEDENTARIO DE AFE




Promulgación: 18/12/2003
Publicación: 26/12/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1545

Artículo 2

   A los efectos de la adecuación presupuestal de los funcionarios 
declarados excedentes de la Administración de Ferrocarriles del Estado, 
se considerará que el total de retribuciones, si las percibieran en la 
Oficina de origen a la fecha de la declaración de excedencia, está 
constituido exclusivamente por los siguientes conceptos;
Concepto 111 - Sueldo.
Concepto 113 - Aumento 5/992
Concepto 114 - Complemento ley 16.713.
Concepto 144 - Función Superior Reestructura.
Concepto 170 - Compensación Readecuación
Concepto 135 - Compensación Alimentación
Concepto 131 y 531 - Desplazamiento Fijo
Concepto 169 - Compensación Altos Ejecutivos
Contribución al pago de la asistencia médica del funcionario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
Ayuda