Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
octubre de 2009 en $ 429,79 (pesos uruguayos cuatrocientos veintinueve con
setenta y nueve centésimos).