Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes
de enero de 1999 en $ 184,93 (pesos uruguayos ciento ochenta y cuatro con
93/100).-