Prorrógase por el período comprendido entre el 1 de julio y 31 de agosto de 1972, el Presupuesto por Programa de la Oficina Central de la Dirección General de Casinos y los Casinos del Estado aprobado por Decreto Nº 611/970 de 26 de noviembre de 1970 y su ampliatorio Decreto Nº 874/971 de 23 de diciembre de 1971.