En los llamados abiertos la Comisión Técnica de Selección actuará
ampliada con dos miembros designados por el Ministerio correspondiente, o
el jerarca, en su caso, para producir el asesoramiento requerido. Estos
dos miembros deberán ser personalidades que, por su trayectoria,
experiencia y preparación, puedan colaborar en la mejor selección de los
candidatos.
La Comisión presentará a consideración del Poder Ejecutivo los tres
postulantes mejor calificados siempre que hayan superado el mínimo
aceptable.