FUNCIONARIOS CONTRATADOS - FUNCIONES DE ALTA PRIORIDAD




Promulgación: 02/02/1993
Publicación: 18/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 180
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   La contratación en el presente régimen implica la absoluta
incompatibilidad para la realización de cualquier actividad remunerada,
pública o privada, excepto la docencia directa en la enseñanza superior.
Referencias al artículo
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