FIJACION DE NORMAS RELATIVAS AL REGIMEN GENERAL DE LAS ACTIVIDADES POSTALES




Promulgación: 08/02/2021
Publicación: 17/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.009 de 22/11/2012 artículo 6.

Artículo 3

   La información de la identificación recabada, así como la dirección postal de remitente y destinatario asociadas a ese envío, están amparadas en el secreto postal definido en el Artículo 6 literal a) de la Ley 19.009; y los prestadores de servicios postales deberán mantenerla por el plazo de un año, a partir de la fecha de imposición, con el fin de ser remitida a los organismos de contralor que así lo requieran de acuerdo a la normativa vigente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4 (vigencia).
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