FIJACION DE NORMAS PARA LA COMERCIALIZACION DE GIRASOL EN BASE A SU CONTENIDO DE ACEITE




Promulgación: 03/10/1979
Publicación: 30/10/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 806
Referencias a toda la norma

DE LA BASE DE COMERCIALIZACION

Artículo 2

 La base de comercialización para la compra-venta de girasol será la
siguiente:

a)   Contenido de materia grasa sobre sustancia seca y limpia, 33,0%;

b)   Acidez de la materia grasa:

     1)   Desde el comienzo de la cosecha y hasta el 31 de agosto: 1,5%;

     2)   A partir del 1º de setiembre: 2,0%;

c)   Humedad: 11,0%.
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