Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Telecomunicaciones correspondiente al ejercicio
1989.
Resultando: I) Que por decreto 793/988, de 23 de noviembre de 1988,
se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones correspondiente al ejercicio 1989, a precios del período
noviembre 1987 - febrero 1988;
II) Que por decreto 242/989, de 23 de mayo de 1989, se aprobó una
adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989 a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a diciembre de 1988;
III) Que el Directorio de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones otorgó a sus funcionarios un aumento salarial del 16 %,
23 % y del 24,4 % con vigencia al 1° de marzo, 1° de julio y 1° de
noviembre respectivamente y un incremento del 16.09 %, 22,53 % y del 23,23
por ciento para los beneficios sociales que ajustan con el salario mínimo
nacional; ;
IV) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 26
y 27 del decreto 793/988, ajustar las partidas de gastos tanto de
funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en
el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio, a precios promedio
de 1989, según su vigencia.
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, así como
las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los
lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que
autorice el financiamiento de las mismas;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA: