CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 31 INDUSTRIA DEL CAUCHO. SUBGRUPO PERSONAL DE DIRECCION




Promulgación: 24/10/1985
Publicación: 25/10/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 477/985, del 17 de setiembre de 1985 por el que se incrementaron, con carácter nacional los salarios del Personal de Dirección y Vendedores el sueldo de los establecimientos comprendidos en el Grupo 31 dedicados a la fabricación de neumáticos, artículos varios de caucho y latex, con exclusión del recauchutaje.

   Resultando: que al procederse a la instrumentación del referido decreto, se incurrió en omisiones que impiden que el mismo sea el fiel reflejo de lo acordado por las partes.

   Considerando: que por las razones expuestas en el Resultando debe procederse a efectuar las necesarias correcciones en el texto del citado decreto.

    Atento: a los fundamentos expuestos, y a lo preceptuado en el decreto-
ley 14.791, del 8 de junio de 1978 y el decreto reglamentario del 30 de junio de 1978,

    El presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 477/985 de 05/09/1985 
artículos 2 y 3.

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA
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