Visto: el Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de
Obras Públicas.
Resultando: que el Poder Ejecutivo por decreto 8/990 de fecha 24
de enero de 1990, aprobó el Texto Ordenado del Pliego de Condiciones
Generales para la Construcción de Obras Públicas.
Considerando: que es menester ajustar el texto del citado Pliego
estrictamente a la preceptiva jurídica vigente, debiéndose mencionar
al respecto la ley 15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987,
El Presidente de la República
DECRETA:
Este artículo dio nueva redacción a: TO del Pliego de Condiciones
Generales para la Construcción de Obras Públicas de 24/01/1990 artículo 6
inciso 2º).