CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 46. SERVICIOS GENERALES




Promulgación: 18/12/1990
Publicación: 15/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

    Dispónese que todos los porcentajes acordados en el Convenio, podrán
trasladarse al precio de los bienes y/o servicios de la Actividad de
acuerdo a la incidencia de los Salarios en la estructura de costos de cada
Empresa. 
Ayuda