CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO N° 1 "PROCESAMIENTO Y CONSERVACION DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y TABACO". SUBGRUPO 01. "INDUSTRIA LACTEA". CAPITULO 02. "DISTRIBUIDORES DE PRODUCTOS LACTEOS"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 5
Cláusula de salvaguarda: Si a los 12 meses de vigencia del presente decreto la inflación superara el 8,5%, podrá convocarse al Consejo de Salarios respectivo. En ese ámbito, las partes sociales podrán acordar adelantar la aplicación del correctivo por inflación previsto, lo que será acompañado por el Poder Ejecutivo. Operado el correctivo por inflación a los 12 meses, el correctivo previsto a los 18 meses quedará sin efecto.