Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: que por Decreto 380/997 de 10 de octubre de 1997 y sus
modificativos Decretos 253/999 de 18 de agosto de 1999 y 255/000 de 5 de
setiembre de 2000, se estableció la estructura organizativa de la Unidad
Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Oficinas Dependientes" del
Inciso 02 "Presidencia de la República";
RESULTANDO: que en el Capítulo III "Estructura Organizativa" se
establecen entre otros los cometidos de la Secretaría de Prensa y
Difusión, de Relaciones Públicas y Ceremonial y de la División Servicios
Generales;
CONSIDERANDO: I) que se entiende conveniente incluir entre las funciones
asignadas a la División Servicios Generales la coordinación y control de
la guardería para hijos de funcionarios de la Unidad Ejecutora 001
"Presidencia de la República y Oficinas Dependientes";
II) que asimismo resulta pertinente que todo lo relativo a las
instalaciones de Audio en las dependencias presidenciales dependan de la
Secretaría de Prensa y Difusión;
III) que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado efectuó el
dictamen que preceptúa el artículo 706, literal A, de la Ley Nº 16.736 de
5 de enero de 1996;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícase el Decreto 380/997 de 10 de octubre de 1997 en la redacción
dada por los Decretos 253/999 de 18 de agosto de 1999 y 255/000 de 5 de
setiembre de 2000 en el siguiente sentido: (*)