Visto: estos antecedentes elevados por la Comisión Nacional de Artes
Plásticas y Visuales, sometiendo a consideración el anteproyecto de
Reglamento del XLII Salón Nacional de Artes Plásticas, según lo
establecido por el decreto-ley de 18 de noviembre de 1942.
Resultando: que la Comisión de referencia, de acuerdo a la experiencia
recogida, ha introducido en el Reglamento vigente modificaciones
tendientes a lograr una mejor organización y desarrollo del mismo.
Atento: a lo informado por la Sección Contaduría del Ministerio de
Educación y Cultura,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Reglamento para el XLII Salón Nacional de Artes Plásticas,
bajo el siguiente articulado: (*)