A efectos de propiciar la continuidad educativa, las instituciones
universitarias privadas que dictan carreras reconocidas de Derecho,
Notariado y Contador Público podrán realizar evaluaciones individuales de
las trayectorias educativas de los estudiantes de dichas carreras,
cursadas en las sedes no autorizadas de Durazno, Treinta y Tres y Rivera
del IUPE, para determinar su posible inserción curricular. A tales
efectos, la validación curricular de lo aprobado en las sedes no
autorizadas no podrá superar los dos tercios de las asignaturas del plan
de estudios de la carrera respectiva.
Las asignaturas así validadas finalmente se considerarán como
revalidadas. (*)
(*)Notas:
Inciso final agregado/s por: Decreto Nº 187/010 de 14/06/2010 artículo 2.
Ver en esta norma, artículos:3 y 4.