Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 47.
Artículo 7
En los concursos de oposición y méritos, los puntajes se asignarán de la
siguiente forma:
A) Méritos y antecedentes: 40%
a. Formación académica: 25%
b. Experiencia profesional: 15%
B) Prueba de oposición: 40%
C) Aptitudes personales y de comportamiento: 20%
a. Test psicotécnico: 15%
b. Entrevista personal: 5%