DECLARACION COMO OBLIGATORIA LA DOCUMENTACION EN OPERACIONES DE COMPRA VENTA DE CEREALES Y OLEAGINOSOS




Promulgación: 31/10/1979
Publicación: 21/12/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1034
Referencias a toda la norma

Artículo 12

 En los casos en que las operaciones de compraventa se realicen por
intermedio de consignatario, éste conformará el boleto en representación
del productor vendedor.
 Similar procedimiento podrá ser seguido por Cooperativas Agropecuarias y
Sociedades de Fomento Rural, cuando actúen en calidad de consignatarias de
productores.
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