REDUCCION DEL IMESI AL GASOIL - TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - DESIGNACION DE RESPONSABLES POR DEUDAS TRIBUTARIAS DE LOS TRANSPORTISTAS




Promulgación: 13/02/2003
Publicación: 18/02/2003
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 266

CAPITULO II RESPONSABLES

Artículo 10

 Liquidación y pago. Los responsables establecidos en los literales a) y 
b) del artículo anterior deberán liquidar y pagar el 60% (sesenta por 
ciento) del Impuesto al Valor Agregado incluido en la facturación de 
dichos servicios. El referido porcentaje ascenderá al 70% (setenta por 
ciento) para los responsables indicados en el literal c).-
En ambos casos el pago deberá realizarse al mes siguiente a aquel en que 
les haya sido prestado el servicio, en los lugares y dentro del plazo 
establecido por la Dirección General Impositiva.- (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 173/003 de 05/05/2003 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo: 14.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 62/003 de 13/02/2003 artículo 10.
Referencias al artículo
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