IVA. EXONERACION A ENAJENACIONES DE CARNE DE AVE, CERDO Y OVINA




Promulgación: 15/12/2008
Publicación: 30/12/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2999

Artículo 2

 Prorrógase por el período comprendido entre el 1º de enero y el 28 de
febrero de 2009, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne de cerdo con hueso, establecida en el artículo 2º
del Decreto Nº 469/008 de 6 de octubre de 2008, con el mismo alcance
establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 528/007 de 27 de diciembre de
2007.

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 116/009 de 27/02/2009 artículo 2.
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