Visto: la nota de la Dirección General Impositiva, en la que manifiesta
que al redactar el proyecto del artículo 60 del decreto 601/978 de fecha
25 de octubre de 1978 que sustituye al artículo 26 del decreto 999/975 del
29 de diciembre de 1975, se omitió la transcripción de los incisos 2º, 3º
y 4º.
Considerando: que se hace necesario subsanar la omisión mencionada.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA