REGLAMENTACION DEL ART. 56 DE LA LEY 19.889, QUE CREA LA DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE GENERO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. DEROGACION DEL LITERAL E DEL ART. 15 Y ART. 20 DEL DECRETO 84/019




Promulgación: 18/02/2021
Publicación: 25/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 56.
   VISTO: el artículo 56 de la Ley N.° 19.889, de fecha 09 de julio de 2020;

   RESULTANDO: I) que el citado artículo, establece la creación de la Dirección Nacional de Políticas de Género del Ministerio del Interior, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley N.° 19.846, del 19 de diciembre de 2019, en donde se dispone que todos los organismos públicos deberán contar con Unidades Especializadas en Género;

   II) que constituyen cometidos de la referida Dirección Nacional el abordar integralmente la perspectiva de género incorporándola en las políticas de seguridad pública y en las de gestión y desarrollo humano, así como coordinar, apoyar, monitorear y evaluar su efectiva implementación por las Unidades policiales, teniendo como ejes temáticos centrales la erradicación de la violencia doméstica y basada en género y la igualdad y no discriminación entre mujeres y varones;

   III) que además le compete la administración y gerenciamiento de todos los recursos humanos, logísticos y financieros de las áreas dentro de su órbita, con excepción de aquellas Unidades sobre las que ejerce únicamente superintendencia técnica;

   CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando la estructura orgánica de la Dirección Nacional de Políticas de Género, así como adecuar, armonizar y mantener actualizada la normativa existente en la materia;

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República y artículo 56 de la Ley N.° 19.889 de 9 de julio de 2020;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

CAPÍTULO I - GENERALIDADES

Artículo 1

   Naturaleza jurídica. La Dirección Nacional de Políticas de Género es una dependencia del Inciso 04 "Ministerio del Interior", que se ubica en la Unidad Ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior". Dicho órgano dependerá jerárquicamente en forma directa del Ministro del Interior.

   LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA
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