REGLAMENTACION DEL ART. 56 DE LA LEY 19.889, QUE CREA LA DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE GENERO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. DEROGACION DEL LITERAL E DEL ART. 15 Y ART. 20 DEL DECRETO 84/019
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 56.
CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 10
Gabinete Estratégico. El Gabinete tendrá como misión principal la evaluación, coordinación y monitoreo de las estrategias definidas por la Dirección Nacional de Políticas de Género en sus distintas áreas.
El Gabinete será presidido por el Director/a de la Dirección Nacional de Políticas de Género, y estará integrado por el/la Subdirector/a y los/as Coordinadores/as técnico ejecutiva y técnico especializada y referentes de los distintos departamentos que se definan en virtud de la temática a tratar. Dicho Gabinete sesionará en todas aquellas ocasiones que sea convocado por la Dirección Nacional de Políticas de Género.