REGLAMENTACION DEL ART. 56 DE LA LEY 19.889, QUE CREA LA DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE GENERO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. DEROGACION DEL LITERAL E DEL ART. 15 Y ART. 20 DEL DECRETO 84/019
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 56.
CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 18
Departamento de Cooperación y Gestión de Programas y Proyectos. El Departamento de Cooperación y Gestión de Programas y Proyectos estará a cargo de un/a Oficial Jefe del Escalafón "L", y se integrará por personal ejecutivo y técnico especializado con formación en la temática. Tendrá como cometidos la aplicación de principios teóricos y técnicas concretas destinados a promover, coordinar y realizar toda tarea concerniente a la gestión de programas de cooperación, y proyectos intra e interinstitucional, nacional e internacional en la temática y tendrá a su cargo las siguientes competencias:
a) Gestionar y apoyar los programas y proyectos que la Dirección integra con organismos internacionales y otras instituciones de carácter nacional.
b) Elaborar informes de gestión en relación a los programas y proyectos.-
c) Toda otra tarea que dentro del ámbito de su especialización le sea encomendada por la Coordinación respectiva.