REGLAMENTACION DEL ART. 56 DE LA LEY 19.889, QUE CREA LA DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE GENERO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. DEROGACION DEL LITERAL E DEL ART. 15 Y ART. 20 DEL DECRETO 84/019




Promulgación: 18/02/2021
Publicación: 25/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 56.

CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 20

   Departamento de Planificación y Estrategia  Comunicacional. El Departamento de Planificación y Estrategia Comunicacional estará a cargo de un/a Oficial Jefe del Escalafón "L" y se integrará por personal ejecutivo y técnico especializado con formación en la temática. Tendrá como cometidos diseñar e implementar estrategias de comunicación de las políticas institucionales en la temática desde una perspectiva de género y tendrá a su cargo las siguientes competencias:
   a) Contribuir a la construcción de la identidad organizacional de la Dirección en articulación con la Unidad de Comunicación del Ministerio del Interior.
   b) Diseñar una estrategia comunicacional sobre las políticas institucionales en la temática, tanto para el funcionariado como para la sociedad, con el fin de promover una vida libre de violencia doméstica y de género.
   c) Incorporar la perspectiva de género en las políticas de comunicación del Ministerio del Interior.
   d) Elaborar materiales de difusión sobre la temática.
   e) Elaborar y dar seguimiento a los Planes Operativos de la Dirección.
   f) Realizar las memorias anuales y los distintos informes de rendición de lo actuado por la Dirección.
   g) Toda otra tarea que dentro del ámbito de su especialización le sea encomendada por la Coordinación respectiva.
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