REGLAMENTACION DEL ART. 56 DE LA LEY 19.889, QUE CREA LA DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE GENERO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. DEROGACION DEL LITERAL E DEL ART. 15 Y ART. 20 DEL DECRETO 84/019
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 56.
CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 21
Coordinación Administrativa. La Coordinación Administrativa dependerá del Director/a Nacional de Políticas de Género, estará a cargo de un/a Oficial Superior del Subescalafón "L" o funcionario/a del Ministerio del Interior con acreditada formación y experiencia en administración, y tendrá a su cargo las siguientes competencias:
a) Supervisar, gerenciar, coordinar y controlar las actividades necesarias para la administración de todos los recursos humanos, logísticos y financieros de la Dirección.
b) Elaborar informes y propuestas estratégicas que puedan servir de insumo para la definición del Plan Operativo Anual Nacional.
La Coordinación Administrativa estará conformada por:
a) Departamento de Recursos Humanos.
b) Departamento Logístico.
c) Departamento Contable.