REGULACION DEL CONTROL DE CALIDAD DE LOS VINOS




Promulgación: 28/12/1989
Publicación: 14/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 827
Referencias a toda la norma

METODOS DE CORRECCION

Artículo 9

    De comprobarse que el producto no cumple con lo establecido en las
reglamentaciones correspondientes, será reputado de conformidad con el
artículo 2º de la ley 2.856, de 17 de julio de 1903 artificial y el
elaborador sancionado de acuerdo a lo establecido por el artículo 323 de
la ley 12.804, de 30 de noviembre de 1960, salvo lo dispuesto en el inciso
final del artículo anterior.
Ayuda