ELIMINACION A LA LISTA DEL REGIMEN DE ADECUACION FINAL A LA UNION ADUANERA. MERCOSUR




Promulgación: 14/02/1995
Publicación: 22/02/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 128
    Visto: Los decretos Nos. 564/994 y 568/994 de 29 de diciembre de 1994
por los que se pusieron en vigencia los compromisos asumidos por el país
en materia arancelaria en el ámbito del Tratado de Asunción constitutivo
del Mercosur.

    Considerando: 1. Que la lista del Régimen de Adecuación Final a la
Unión Aduanera fue confeccionada en base a la Nomenclatura Común Mercosur
(NCM), mientras que la lista de excepciones al Acuerdo de Complementación
Económica No. 18 vigente hasta el 31 de diciembre ppdo. se había basado
en la Nomenclatura Arancelaria Aladi (NALADI).

    2. Que la inexistencia de una correspondencia exacta entre ambas
nomenclaturas hace necesario, en algunos casos, efectuar ajustes en las
listas de adecuación y de excepciones al Arancel Externo Común, ya sea
eliminando algunos ítems o incluyendo notas que especifiquen con precisión
la descripción de los productos que integran dichas listas.

    Atento: A lo expresado, a lo establecido en las Decisiones Nos.
19/994, 22/994, 24/994 y 29/994 del Consejo del Mercado Común y a lo
informado por la Comisión Arancelaria Asesora creada por el decreto No.
505/993 de 24 de noviembre de 1993.

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Elimínanse de la lista del Régimen de Adecuación Final a la Unión
Aduanera establecida por el decreto No. 568/994 de 29 de diciembre de 1994
los siguientes ítems NCM: 4005.10.00, 4005.91.00, 7216.60.10 y 7216.60.90.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - SERGIO ABREU - MIGUEL ANGEL
GALAN - GONZALO CIBILS
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