ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE
ACTIVIDAD. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 37 INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION E INSTALACIONES DE LA CONSTRUCCION
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 14
Lo contenido en el presente Decreto, regula y contempla la totalidad de los aspectos retributivos originados en la relación laboral en la industria de la construcción e instalaciones de la construcción (Grupo 37) para el período 1º de Junio de 1988 a 31 de Mayo de 1990.