Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
La situación del empleado que efectúe tareas que por su diversidad estén comprendidas en dos o más categorías, en caso de que el empleador y el empleado no lleguen a un acuerdo sobre la forma de remuneración será arbitrado por el correspondiente Consejo de Salarios.