CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 31 VENTA DE REPUESTOS PARA AUTOMOTORES




Promulgación: 19/11/1985
Publicación: 02/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

  Los salarios que se abonen en la actualidad y que resulten superiores a los mínimos establecidos por aplicación del presente decreto, no podrán ser rebajados bajo ningún otro concepto. Tampoco podrán reducirse los porcentajes de comisiones que perciba el trabajador.
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