ARMADA NACIONAL - FUNCIONARIOS MILITARES




Promulgación: 20/12/1990
Publicación: 18/03/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: la gestión de la Dirección General de los Servicios de las
Fuerzas Armadas por la cual solicita se modifique el Decreto Nº 859/988 de
fecha 20 de diciembre de 1988.

     Considerando: I) Que el referido decreto faculta al Servicio de
Tutela Social de las Fuerzas Armadas a realizar gastos de funcionamiento
que complementen las inversiones para lograr el normal desempeño de las
áreas de Ancianidad, Minoridad, Recreación y Apoyo a la Salud hasta un
monto máximo de 5.000 UR (cinco mil unidades reajustables) anuales.

     II) Que en la actualidad dicha cifra es insuficiente para cumplir
adecuamente los cometidos asignados, resultando conveniente ampliar dicha
facultad hasta un monto máximo de 10.000 UR (diez mil unidades
reajustables) anuales.

     Atento: a los fundamentos expuestos.

     El Presidente de la República,

                                DECRETA:

Artículo 1

   Increméntase la facultad otorgada al Servicio de Tutela Social de las
Fuerzas Armadas por el decreto Nº 859/988 de fecha 20 de diciembre de
1988, hasta un máximo de 10.000 UR (diez mil unidades reajustables)
anuales. 

LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO
Ayuda