FIJACION DE HORARIOS PARA DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 03/03/1999
Publicación: 12/03/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 382
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 La atención al público se cumplirá en todos los casos a partir de las
12:00 horas y hasta media hora antes de la finalización del horario de
labor.
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