FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. MARZO 1997




Promulgación: 05/03/1997
Publicación: 14/03/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Conjuntamente con la comunicación prevista en el Artículo 4º las
Instituciones deberán presentar los certificados exigidos por el Artículo
17 del Decreto Nº 301/987, de 23 de junio de 1987.
Referencias al artículo
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