DEROGACION DE LOS DECRETOS 334/971 Y 786/971, RELATIVOS A LA IMPOSICION DE CONSIGNACIONES DE IMPORTACION DE MERCADERIAS ORIGINARIAS DE PAISES MIEMBROS DE LA ALALC
Visto: el decreto 334/971 de 30 de noviembre de 1971.
Resultando: I) Que las normas citadas imponen consignaciones a la
importación de determinadas mercaderías las que no se aplican en los casos
en que el precio FOB de la mercadería a importarse se encuentre dentro de
los valores normales predominantes en los mercados internacionales más
representativos;
II) Que el Poder Ejecutivo ha manifestado reiteradamente su intención de
liberalizar el comercio internacional del país en todo lo compatible con
su actual estructura económica.
Considerando: que el régimen establecido por los decreto citados en el
Visto precedente, no se concilia con la expresada política del Poder
Ejecutivo.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Deróganse los decretos 334/971 y 786/971 de 4 de junio de 1971 y 30 de
noviembre de 1971, respectivamente.