PRORROGA DEL PLAZO EN LA UTILIZACION DE FORMULARIOS DE CHEQUES IMPRESOS




Promulgación: 27/10/1976
Publicación: 04/11/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1119
Visto: estos antecedentes venidos del Banco de la República Oriental del
Uruguay, en los que la referida Institución, da cuenta de la existencia de
4:167.000.00 de formularios de cheques comunes, que de acuerdo a las
disposiciones transitorias dispuestas por el decreto 739/975 de 2 de
octubre de 1975 tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre próximo.

Resultando: que la citad Institución, promueve la aplicación de un nuevo
decreto por el cual se prorrogue hasta el 30 de junio de 1977 la
utilización de formularios de cheques ya impresos que por su cantidad y la
imposibilidad de su uso dentro del plazo actualmente vigente, significaría
una pérdida que se pretende evitar con una medida como la propuesta.

Considerando: que por las razones de orden económico expuestas,
corresponde acceder a lo solicitado.

Atento: a lo informado por la Asesoría Económico-Financiera y Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas,

El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 739/975 de 02/10/1975 
artículo 5.

MENDEZ - ERNESTO ROSSO
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