El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 8
La "Medalla 18 de Mayo de 1811" tendrá para el Personal Militar del Ejército Nacional preeminencia sobre las demás nacionales o extranjeras, con excepción de la Medalla "Al Mérito Militar" que es superior a aquella jerárquicamente. La colocación de insignias se hará de acuerdo a esa preferencia y a los Reglamentos vigente.