FIJACION DE HORARIOS PARA DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 05/03/1997
Publicación: 12/03/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 387

Artículo 8

   La Oficina Nacional del Servicio Civil informará a la Secretaría de la
Presidencia de la República, las situaciones de incumplimiento respecto de
las comunicaciones previstas en los artículos 5º y 6º del presente
Decreto, a efectos de que se adopten las medidas que corresponda.
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