MODIFICACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 15/02/1985
Publicación: 10/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 827
 Visto: lo dispuesto por el decreto 440/984 de fecha 10 de octubre de
1984.

Resultando: que por el mismo se fija Precio Mínimo de Exportación a la
Soda Cáustica en solución (expresada en soda cáustica al 100% ) (Item
NADI 28.17.01.99).

 Considerando: que la determinación del ítem citado no ha sido correcta
procediendo, en consecuencia, su corrección.

 Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión creada
por el artículo 9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983,


                   El Presidente de la República.

                             DECRETA:

Artículo 1

   Declárase que el item NADI que corresponde a la soda cáustica en
solución (expresada en soda cáustica al 100% ) a que se refiere el
articulo 1º del decreto 440/984 de fecha 10 de octubre de 1984, es el
28.17.01.99 en lugar del 28.17.04.99.

ADDIEGO BRUNO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JORGE ALVAREZ OLLONIEGO -
FILIBERTO GINZO GIL - CARLOS MATTOS MOGLIA
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