GANADERIA. CARNES. ABASTO




Promulgación: 05/12/1968
Publicación: 13/12/1968

Resumen:

Modifícase la disposición que estableció cuotas departamentales de faena
de bovinos en el sentido de que las mismas deberán estar integradas con 
un porcentaje mínimo de un treinta por ciento de vacas tipo abasto.


		
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