FIJACION DE LA FRANQUICIA PREVISTA EN EL ANEXO DE LA DECISION N° 18/94 DEL CONSEJO MERCADO COMUN DEL SUR, RELATIVO AL REGIMEN ADUANERO DE EQUIPAJE EN EL MERCOSUR
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
La elevación de la franquicia establecida en el artículo 1° estará condicionada a la verificación de que los países limítrofes apliquen la franquicia en iguales condiciones al equipaje acompañado de viajeros que ingresen por frontera terrestre.