ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO Nº 6
TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGAS. SECTOR TRANSPORTE NACIONAL
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Fíjanse, con carácter nacional, los salarios mínimos para los trabajadores comprendidos en el Grupo Nº 6 "Transporte Terrestre de Cargas" Sector Transporte Nacional con excepción del Transporte de Supergas, Transporte de Leche y las empresas afectadas al transporte de bebidas de las empresas Coca-Cola, Pepsi Cola y Salus en el Departamento de Montevideo, con vigencia desde el 1° de junio de 1988 y hasta el 30 de setiembre de 1988:
I) Choferes y Personal de Servicio.
Categorías Jornal Mínimo
Chofer de camión y camioneta. N$ 2.768.-
Chofer de semi-remolque. N$ 2.936.-
Chofer de autoelevador (motorista). N$ 2.936.-
Chofer de camión común (combustible). N$ 2.768.-
Chofer de semi-remolque (combustible). N$ 2.936.-
Peón de carga y descarga. N$ 2.452.-
Oficial mecánico ajustador. N$ 3.262.-
Oficial mecánico. N$ 2.857.-
Medio oficial mecánico. N$ 2.536.-
Oficial Herrero. N$ 2.551.-
Medio Oficial Herrero. N$ 2.536.-
Oficial Tornero. N$ 2.973.-
Medio Oficial Tornero. N$ 2.536.-
Oficial Chapista. N$ 2.973.-
Medio Oficial Chapista. N$ 2.536.-
Ayudante de Taller. N$ 2.551.-
Oficial Pintor. N$ 2.551.-
Medio Oficial Pintor. N$ 2.536.-
Peón de Taller. N$ 2.536.-
Aprendices. N$ 1.722.-
Capataz de Depósito. N$ 2.973.-
II) Personal de Empresas de Consignación, Depósitos y Transporte de Encomiendas, Depósitos de Muebles, Alfombras y Mudanzas (Ramas B y C).
Categorías Jornal Mínimo
Chofer de semi-remolque. N$ 3.154.-
Chofer de camión y camioneta. N$ 2.973.-
Peón de Primera. N$ 2.635.-
Peón de Segunda. N$ 2.528.-
Peón de Tercera. N$ 2.253.-
Clasificador de alfombras. N$ 3.137.-
Apartador de alfombras. N$ 2.794.-
Apartador de alfombras 2da. N$ 2.288.-
Categoría Jornal Mínimo
Lavador de alfombras. N$ 2.794.-
Ayudante lavador de alfombras. N$ 2.288.-
Lavador de Alfombras de 2da. N$ 2.564.-
Aspiradora. N$ 2.288.-
Atahilos. N$ 3.137.-
Tintorero. N$ 3.137.-
Oficial de alfombras. N$ 2.288.-
Aprendices primer año. N$ 1.850.-
Aprendices de segundo año. N$ 2.111.-
III) Personal Administrativo.
Se establece un salario mínimo de N$ 62.944.- para los auxiliares de escritorio, y de N$ 37.811.- para los cadetes y mensajeros.
IV) Serenos.
Se fija un salario mínimo de N$ 57.893. (*)