ASIGNACION DE COMETIDOS DE CONTRALOR DE PRODUCCION, CALIDAD Y CIRCULACION DE VINOS, A LA DIRECCION DE CONTRALOR LEGAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la necesidad de implementar el pasaje de organismo que realizará el
control de los vinos comunes.
Considerando: que hasta tanto el Ministerio de Agricultura y Pesca no
elabora una reglamentación orgánica relativa a los controles referidos es
conveniente mantener el sistema actual por medio de las estampillas que
emitía la ex Oficina de Impuestos Internos.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 378º de la ley 14.416, de 28 de
agosto de 1975,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
aplicará las normas legales y reglamentarias vigentes, en lo pertinente
para realizar los controles de producción, calidad y circulación de vinos.
(*)