MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA. TRASLADO DE SEMILLAS. FLETES




Promulgación: 26/09/1974
Publicación: 04/10/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Autorízase a la Asesoría Técnica del Ministerio de Agricultura y Pesca,
para abonar a los distribuidores, los fletes generados por el traslado de
semillas de trigo. Modifícase el inciso 2º del artículo 15 del Decreto Nº
241/974 de 28 de marzo de 1974 disponiendo que las ventas de trigo de
semilla realizadas al contado o con crédito bancario se hará efectiva al
momento de la presentación de la documentación.

Artículo 1

Artículo 2



		
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