Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
noviembre de 1987 en N$ 1.617,00 (nuevos pesos un mil seiscientos
diecisiete).