APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 1998




Promulgación: 25/03/1998
Publicación: 01/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 555
Referencias a toda la norma

TITULO V - DISPOSICIONES COMUNES
B) A TODAS LAS CLASES Y NUCLEOS FUNCIONALES

Artículo 50

   Al tiempo de cese, dentro de la clase, la categoría de los
funcionarios quedará determinada por su sueldo siempre que la categoría
así fijada no sea inferior a la que tuviere asignada por su cargo.

   La antigüedad en la categoría, determinada conforme al párrafo
anterior, se computará desde la fecha en que se haya asignado el sueldo
tomado como base para la determinación.

    Lo dispuesto en los párrafos anteriores se aplicará en la misma forma
para la determinación de las categorías anteriores que correspondan, y
para el cómputo de la antigüedad en la categoría.
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