El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a
propuesta de la Dirección Nacional de Aguas y Saneamiento, reglamentará
los criterios para la aplicación de los tipos de sistemas de saneamiento
B), C), y D) de acuerdo a las características de las localidades, como:
densidad de viviendas, topografía, tipo de suelo, etc.