INDUSTRIA PESQUERA - REGIMEN DE INCENTIVOS




Promulgación: 18/12/1985
Publicación: 15/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1310
Referencias a toda la norma

Artículo 4

    Los incentivos establecidos en el artículo precedente se aplicarán a
los embarques cumplidos desde el 1 de agosto de 1985 hasta el 31 de
diciembre de 1986 inclusive y se efectivizarán mediante certificados que
emitirá el Banco de la República Oriental del Uruguay, rigiendo a todos
los efectos las normas de la ley 13.268 de 9 de julio de 1964, sus
modificativas, concordantes y reglamentaciones pertinentes.
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