Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 12
Apruébase las siguientes remuneraciones tarifadas para los odontólogos descentralizados a partir del 1º de junio de 1988:
Extracción simple en consultorio:
Acto quirúrgico: N$ 460,00
Gastos técnicos: N$ 516,00
Extracción simple a domicilio o a sanatorio:
Acto quirúrgico: N$ 1.067,00
Gastos técnicos: N$ 516,00
Más viáticos.
Extracción a colgajo:
Acto quirúrgico: N$ 1.307,00
Gastos técnicos: N$ 516,00
Frenectomia labial:
Acto quirúrgico: N$ 1.025,00
Gastos técnicos: N$ 516,00
Descubierta submucosa:
Acto quirúrgico: N$ 868,00
Gastos técnicos: N$ 516,00
Apicectomía (sin endodoncia)
Acto quirúrgico: N$ 3.479,00
Gastos técnicos: N$ 516,00
Establécese que los importes precedentemente detallados se actualizarán de la siguiente forma:
a) los correspondientes a actos quirúrgicos por los incrementos salariales que se establezcan.
b) los gastos técnicos se ajustarán semestralmente el 1º de enero y el 1º de julio de cada año de acuerdo a la variación ocurrida en la cotización del dólar proporcionada por el Banco Central del Uruguay.